Micelio
Auto26 de noviembre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Jose Ricardo Hernandez Garzon·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque no se superaron las deficiencias advertidas en el auto de inadmisión.

Al revisar los requisitos de procedencia encontró la Sala Plena de la Corporación que el recurso impetrado no satisfizo el presupuesto de carga argumentativa.

Ello, por cuanto el demandante no controvirtió los argumentos del auto censurado, ni ofreció razones que desvirtuaran los reproches que el magistrado sustanciador le puso de presente, y solo reiteró las razones expuestas en la demanda y en el escrito de subsanación, sin evidenciar yerro, olvido o arbitrariedad alguna.

Ante el incumplimiento del requisito de carga argumentativa se RECHAZÓ, por improcedente, el recurso impetrado en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR, por improcedente, ante la ausencia de carga argumentativa, el recurso de súplica interpuesto por José Ricardo Hernández Garzón en contra del Auto de 20 de octubre de 2025, por medio del cual el magistrado Miguel Polo Rosero rechazó la demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 8 (parcial) de la Ley 80 de 1993.
  2. SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.